En lo que va de siglo XXI, en la RepDom se han
producido 11 reforma fiscal, con el objetivo aparente de aumentar la presión tributaria,
sin lograr ese objetivo, la presión tributaria promedio en Latinoamérica ronda
el 20%, y en nuestro país no pasa de 14%, excepto en el 2007 cuando se implementó
los comprobantes fiscales que llego a un 17%, después de esa fecha volvió a
descender a 14%, a pesar de que tenemos las tasas impositivas más elevadas de
la región, un 18% de Itebis y un 27% de impuestos sobre la rentas.
Nuestras autoridades han sido tímidos con el tratamiento
a la evasión fiscal y el enriquecimiento ilícito, donde están grandes
corporaciones, políticos que cometen actos de corrupción, el narcotráfico,
todos usando testaferros, hay que recordar que la DGII debe ser éticamente neutral,
y ser ciega, como la justicia, a la hora de colectar los tributos que genera la
economía, independientemente del origen.
En los países desarrollados la evasión fiscal no
tiene fecha de prescripción, pues solo prescriben las operaciones que son
reportadas, por lo que nuestros legisladores deben criminalizar la evasión fiscal
y perseguirla sin límite de tiempo, mientras vida tenga el evasor, esta es la
mejor forma de desincentivar esta mala y dañina práctica, muy arraigada en
nuestra cultura.
Tomar medidas para minimizar la evasión fiscal, criminalizando
su comisión, contribuiría a su los actuales evasores tengan mayor cuidado a la
hora de contratar a los ingenieros fiscales para acomodar sus registros más allá
de la elución fiscal, para no cruzar la línea de la evasión y convertirse en
contribuyentes responsables y “voluntarios”.
Por la premura que se formuló la ley de Amnistía
Fiscal no se pudo o no se quiso criminalizar la evasión fiscal, y para ganar
tiempo, el art. 21 de esta ley 309-12, le da un plazo de 6 meses a la DGII,
para que elabore un anteproyecto de ley que "DINAMICE Y FORTALEZCA LAS
MEDIDAS DE PREVENCION, CONTROL Y SANCION DE LOS INFRACTORES DEL SISTEMA
TRIBUTARIO", proyecto que fue engavetado sin límite porque no existe
voluntad política para tomar acción contra los PODERESOS de este país
Según publicaciones reiteradas de la Dirección de
Impuestos Internos (DGII), tenemos una evasión fiscal de un 40% de las
recaudaciones, equivalente a un 10% del
PIB, que si logramos reducir la evasión fiscal en un 50%, la presión tributaria
alcanzaría el 19%/20%, similar al promedio de la región, sin embargo en las 11
reformas fiscales han enfatizado en aumentar las tasas impositivas, principalmente del Itebis donde en este siglo
aumento de un 8% a un 18% sin lograr el objetivo de aumentar la presión tributaria.
En un país donde los sueldos están deprimidos y
tenemos un desempleo histórico por encima del 15%, es un crimen gravar con
Itebis de un 18% a más del 50% de la población que esta en este quintil, que
simplemente por su condición de desempleados y con sus sueldos mínimos ya están
subsidiando al estado y al sector público, lo cual es una inequidad mayúscula.
Articulos relacionados:
http://ramonf2004.blogspot.com/2014/07/la-dgii-como-herramienta-de-control-de.html
http://ramonf2004.blogspot.com/2014/01/en-rep-dominicana-ley-253-12-reforma.html
AMNISTIA FISCAL SIN SANCIONAR LA EVACION ES UN REGALO
http://ramonf2004.blogspot.com/2013/07/evasion-y-ley-309-12-sobre-amnistia.html
Ahora que la DGII está dirigida por un tecnócrata,
no comprometido con la clase política esta institución debería hacer su mejor
esfuerzo para aplicar la ley en su mejor Due Diligence, utilizando con mayor
eficiencia su base de datos con los registros inmobiliarios y de los vehículos adquiridos
por personas que no tienen ingresos para demostrar las adquisiciones que llegan
a esa DGII en forma de registro de contrato que en ocasiones son utilizados
como testaferros, en estos días está de moda en las redes sociales, un alto
funcionario que compro un apto con valor de RD$26 millones, a nombre de su
Segunda Base, si esa segunda base no tiene como adquirir ese bien inmueble, la
DGII debería llamarla a sus depto. de fiscalización interna para que haga su declaración y pague
los impuestos por aumento de patrimonio, pues el hecho de que el funcionario
decida regarle un apto a su segunda base, con todo su derecho, esto no quiere
decir que la DGII le regale los impuestos generado por el aumento de
patrimonio.
Articulos relacionados:
PACTO FISCAL CON TRANSPARENCIA DE DOBLE VIA
http://ramonf2004.blogspot.com/2015/06/ley-de-cumplimiento-tributario-de.html
LA DGII COMO HERREMIENTA DE CONTROL DE LA CORRUPCION
INGENIERIA IMPOSITIVA CORPORATIVA PARA ELUSION FISCAL
http://ramonf2004.blogspot.com/2015/05/ingenieria-impositiva-corporativa-para.html
http://ramonf2004.blogspot.com/2014/07/la-dgii-como-herramienta-de-control-de.html
8 REFORMAS FISCALES DEL PLD VS CORRUPCION
http://ramonf2004.blogspot.com/2013/07/8-reformas-fiscales-del-pld-vs.html
EN REP. DOMINICANA LEY 253-12 REFORMA FISCAL 4X1http://ramonf2004.blogspot.com/2014/01/en-rep-dominicana-ley-253-12-reforma.html
EVASION FISCAL PRINCIPAL PROBLEMA DE REPUBLICA DOMINICANA Y LATINOAMERICA
http://ramonf2004.blogspot.com/2013/09/evasion-fiscal-principal-problema-de.html
AMNISTIA FISCAL SIN SANCIONAR LA EVACION ES UN REGALO
http://ramonf2004.blogspot.com/2013/07/evasion-y-ley-309-12-sobre-amnistia.html
La
enfermedad fiscal de República Dominicana
http://www.forbes.com.mx/la-enfermedad-fiscal-de-republica-dominicana/#gs._xX3b9E