No entiendo el término de auditoria con el que se
define el reporte que hace la Cámara de Cuentas para emitir una opinión sobre
la ejecución presupuestaria, pues lo menos que parece ese informe es una
auditoria según las Normas Internacionales de Información Financiera que ellos
citan en su dictamen, la Cámara de Cuentas tiene más de 5 años emitiendo
informe CON SALVEDADES, exceptuando el 2012 que primero emitieron un informe
ABVERSO, y luego lo cambiaron a CON SALVEDADES, el punto es que a pesar de las múltiples
diferencias e inconsistencias que encuentran, nunca ha hecho un trabajo adicional,
como mandan las normas para medir el efecto esas diferencias e inconsistencias
producen en la ejecución presupuestaria, ni han sometido a la justicia a los
funcionarios violadores de las leyes de ejecución presupuestaria, tampoco el
Congreso ha ejercido su función de fiscalización.
El gobierno y sus bocinas se enorgullecen de que los
gobiernos del PLD han creado mayoría de las leyes de modernización del estado y
para el castigo de la corrupción sin embargo esas leyes han sido letra muerta
en su aplicación, con el consecuente deterioro de las finanzas públicas de la
RepDom.
A continuación detallamos los hallazgos más
importantes, desde nuestro punto de vista:
4. Como se
explica en la Nota 5.1.2 y 5.1.3, al Estado adjunto al 31 de diciembre del
2016, comprobamos inconsistencia en la presentación de las informaciones
relacionadas con los gastos referentes a las Remuneraciones y Contribuciones,
por un monto de RD$508,476,952, y RD$2,038,824,027, correspondientes a
remuneraciones registradas en
construcciones por administración y sueldos en las transferencias pertenecientes
a unidades ejecutoras del Gobierno Central, respectivamente.
5. Como se
explica en la Nota 7.1, al Estado adjunto al 31 de diciembre de 2016,
verificamos que
el monto ejecutado de RD$50,975,674,363, por inversión real
directa, el
detalle que posee la entidad en el Sistema de Administración de Bienes
(SIAB), no
coincide con lo presentado en la ejecución presupuestaria registrada en el
SIGEF.
Asuntos que se enfatizan (Página 315)
7. Además de los asuntos mencionados en los
párrafos precedentes, informamos que:
7.1 Sin que afecte nuestra opinión, llamamos la atención en la Nota
4.1 a), al
Estado de Ejecución Presupuestaria adjunto, en cuanto a los Ingresos
de la
Dirección General de Aduanas (DGA), que no han sido ingresados al
circuito
presupuestario por monto de RD$2,775,547,284.
7.2 Sin que afecte nuestra opinión, llamamos la atención en la Nota
4.1.6 a), del
análisis efectuado para confirmar los datos presentados en la CAIF,
con las
informaciones recibidas de las instituciones receptoras, al 31 de
diciembre
de 2016, se determinó la existencia de ingresos por actividades
propias
por el monto de RD$1,184,191,469, que no está incluido en el circuito
presupuestario.
7.3 Sin que afecte nuestra opinión, llamamos la atención en la Nota
7.1.5.1, al
Estado de Ejecución Presupuestaria adjunto, al 31 de diciembre de
2016, que
presenta transferencias corrientes y de capital, realizadas por el
Gobierno Central
a instituciones receptoras, ascendentes al monto de
RD$193,741,097,241,
las cuales incluyen el monto de RD$8,842,364,784, sin que la Cuenta
4.1.6 Impuestos diversas (Página 325)
En el año terminado el 31 de diciembre de 2016, el Gobierno Central
percibió por concepto
a) Ingresos percibidos por actividades propias
Mediante análisis efectuado a los ingresos percibidos por actividades
propias de
las entidades elegidas en la muestra, se determinó que la ejecución
presupuestaria
que se audita, no contiene los valores percibidos por las
instituciones receptoras
por este concepto, ascendentes al monto de RD$1,184,191,469, los
cuales no
ingresaron al circuito presupuestario.
ANEXO 2 (Pagina 342)
Según se muestra en el Anexo 2.
Al respecto, las Normas de Contabilidad Aplicables al Sector Público,
emitidas por la
Dirección General de Contabilidad Gubernamental (DIGECOG), en las
Normas
Fundamentales de Contabilidad establece el Reconocimiento de las
Transacciones, la Ley 567-05 de Tesorería Nacional, en sus Artículos 8 y 11,
numeral 5, así como la Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público,
423-06, Artículo 24.
5.1.3 Sueldo en las transferencias a otras instituciones públicas,
(Pagina 329-331)
En adición, el Gobierno Central ejecutó por concepto de
remuneraciones, el monto de
RD$2,038,824,027, registrado en el rubro Sueldos en las transferencias
a otras instituciones públicas, lo que demuestra que el monto presentado en la
CAIF, por Remuneraciones y contribuciones, no abarca el total ejecutado, según
se detalla a continuación:
Para un total de ejecución por concepto de Remuneraciones y
contribuciones, por el
Monto de RD$153,460,575,397.
a) El año terminado el 31 de diciembre de 2016, el Gobierno Central
ejecutó
por Remuneraciones y contribuciones a empleados un total de
RD$150,913,274,418, de los cuales pudimos comprobar la cantidad de empleados fijos
y temporeros, salario mensual de los empleados fijos y temporeros, distribución
por empleados de los beneficios obtenidos por sobresueldo, dietas y gastos de
representación, gratificaciones y bonificaciones, así como detalles tanto de
las remuneraciones al personal con carácter transitorio y como de las contribuciones
a la seguridad social, según el siguiente cuadro:
En adición, para los montos ejecutados en remuneraciones por sueldos
en las transferencias equivalente al monto de RD$2,038,824,027, y por
remuneraciones aplicadas a construcciones por administración por el monto de
RD$508,476,952, no se comprobó la cantidad de empleados fijos y temporeros,
salario mensual de los empleados fijos y temporeros, distribución por empleados de los beneficios obtenidos por
sobresueldo, dietas y gastos de representación, gratificaciones y
bonificaciones, así como detalles tanto de las remuneraciones al personal con
carácter transitorio y como de las contribuciones a la seguridad social.
A continuacion detallamos:
A continuacion detallamos:
La Dirección General de Contabilidad Gubernamental (DIGECOG) no posee
en su base
de datos dichas informaciones. Además, comprobamos a través de
procedimientos alternos utilizados, que es imposible comparar las informaciones
obtenidas ya que no hay uniformidad en lsu presentación.
b) El Ministerio de Administración Pública (MAP), órgano rector del
empleo público, que tiene como parte de sus atribuciones el establecer y
mantener actualizado un registro central de personal, mediante un sistema de
información automatizado, suministró de la base de datos contenida en el
Sistema de Administración de Servidores Públicos (SASP), lo correspondiente a
las instituciones que han implementado el referido sistema. Al comparar lo
ejecutado en el SIGEF con las informaciones suministradas tanto por dicho
Ministerio como por la Tesorería de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS),
comprobamos inconsistencia en las informaciones, con el agravante de que los
registros
suministrados por el MAP no están presentados por objeto del gasto.
c) Otra comparación realizada para verificar la integridad de la
información, fue lo
ejecutado en el SIGEF con las informaciones suministradas tanto por el
MAP, la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), y las nóminas de las
instituciones.
7.1 Inversión real directa (Página 336)
El año terminado el 31 de diciembre de 2016, el Gobierno Central
ejecutó a través de las
Cuentas construcciones en procesos, activos fijos, objetos de valor y
activos no producidos, presentados en el rubro Inversión Real Directa, un total
de RD$50,975,674,363, monto no comprobado ya que el detalle que poseen las
entidades en el Sistema de Administración de Bienes (SIAB), no coincide con lo
presentado en la ejecución presupuestaria registrada en el SIGEF, debido a que
las instituciones no cumplen con los registros de sus bienes de forma
simultánea en ambos sistemas. En adición, existen instituciones con partidas incluidas
en el SIGEF no reflejadas en el SIAB y viceversa. Situación comprobada mediante
comparación de las informaciones suministradas por la DIGECOG y los registros realizados
por las Instituciones al cierre en el SIAB, correspondiente a la ejecución del
año 2016, según la muestra detallada en el Anexo 6.
7.1.5.1 Transferencias realizadas por el Gobierno Central (Página 338)
Las transferencias corrientes y de capital, realizadas por el Gobierno
Central a instituciones receptoras, presentadas en la Cuenta
Ahorro-Inversión-Financiamiento al 31 de diciembre de 2016, ascendieron al
monto de RD$193,741,097,241, (Notas 5.4 y 7.1.5), que incluyen el valor de RD$8,842,364,784,
del cual se desconoce el detalle de los beneficiarios finales de dichos recursos,
como son: nombres, ubicación y montos individuales de cada uno, según muestra
el Anexo 7.
7.1.5.2 Ausencia de evidencia de registros de las transferencias
corrientes y de capital a las Asociaciones Sin Fines de Lucro
El monto de RD$3,369,251,288, corresponde a ejecución por concepto de
transferencias
corrientes y de capital, de las Asociaciones Sin Fines de Lucro, del
1ro. de enero al 31 de
diciembre 2016, sin que se evidenciara que el Centro Nacional de
Fomento a la Promoción de las Asociaciones Sin Fines de Lucro tenga control
sobre la totalidad de los mismos.
En relación al monto ejecutado el Centro Nacional sólo reconoce el
presupuesto formulado por valor de RD$1,598,694,360, para una diferencia neta
de RD$1,846,251,847, recursos que fueron asignados sin contar con el
registro del mencionado Centro Nacional, lo que constituye un requisito
indispensable para tales fines. En adición, el SIGEF no presenta detalles de
los beneficiarios del monto ejecutado.
La Ley 122-05 de fecha 8 de abril de 2005, sobre Regulación y Fomento
de las Asociaciones Sin Fines de Lucro en la República Dominicana, enuncia los
requisitos para la asignación de recursos. Así como su Reglamento 40-08, de
fecha 16 de enero de 2008, de aplicación a la referida Ley.
8.1 Fuentes financieras (Página 339)
La ejecución excede más de RD$10,000 millones y la CC no da
explicaciones, parece como normal
A través de las cuentas disminución de activos financieros, incremento
de pasivos y otras fuentes financieras, durante el año 2016, se ejecutó el
monto de RD$183,579,932,471, según consta en el Estado de Ejecución
Presupuestaria del Gobierno Central, compuesto por las siguientes partidas:
Informe sobre
el Estado de Deuda Pública
Base para la Opinión
con Salvedad (Página 390)
4. Como se explica en la
Nota 3.1.1.3 a los Estados Financieros adjuntos, de acuerdo
con las normas legales
vigentes, Crédito Público debería registrar como Deuda
Pública el déficit del Banco
Central, que al 31 de diciembre de 2016 ascendía a
RD$352,800,450,199, lo que implica una subvaluación de los pasivos
financieros.
6. Sin afectar
la opinión llamamos la atención de los siguientes aspectos: (Página 391)
6.1 Sin calificar nuestra
opinión, llamamos la atención a la nota 3.1.1.2 de este informe
donde se indica que el
Ministerio de Hacienda mantiene una cuenta por cobrar al 31 de diciembre de
2016 por USD$10,317,000, y RD$126,250,000, correspondiente a avales
ejecutados de la Ley 174-07, sin estar reveladas en el Estado de Recaudación e
Inversión de las Rentas. Asimismo, no revela del estatus de las deudas
derivadas de la ejecución de los avales correspondientes a la Ley 15-08.
4.1 OBSERVACIONES (Página 430-432)
Estado de la gestión financiera consolidada del Sector Público no
Financiero, con sus resultados operativos, económicos y financieros. Su
cumplimiento es competencia de la DIGEPRES. Hasta el momento este Órgano Rector
no ha definido una metodología que permita realizar el cotejo de las
transferencias interinstitucionales y la consolidación de la cuenta económica
de ingresos y gastos de todos los del Sector Público.
En atención a lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley 260-15, para
cumplir los compromisos con el Banco Central, se asignó la suma de RD$22,750.5
millones,
equivalentes al 0.7% del PIB. Según el Banco Central de la República
solo se registró intereses devengados por RD$5,263.2 millones.
El saldo de endeudamiento del Sector Público No Financiero –SPNF-
mostrado
por la Dirección General de Crédito Público –DGCP- al cierre del
ejercicio fiscal fue de RD$1,247,647.95 millones, mientras que el Estado de
Recaudación e Inversión de las Rentas –ERIR- elaborado por la Dirección General
de Contabilidad
Gubernamental –DIGECOG- presentó un monto de RD$1,246,157.26 millones,
lo que reflejó una diferencia de RD$1,490.69 millones.
En la Política Presupuestaria se contempló un gasto tributario para el
ejercicio
fiscal 2016 de RD$212,378.9 millones, 6.5% del PIB y 43.58% de los
ingresos
tributarios percibidos. Sin embargo, no se dispuso de información
respecto al
monto ejecutado.
El artículo 22 de la Ley 260-15 contempló la incorporación de
RD$9,336.4 millones
de los ministerios y sus dependencias a la Cuenta Única del
Tesoro-CUT-.
A la fecha de cierre se incorporó la suma de RD$5,869.57 millones.
Además, se
registraron gastos de las mismas instituciones por este concepto,
ascendentes a
RD$3,920.25 millones.
En la política presupuestaria de gastos se contempló mantener la
nómina pública
en los niveles del año 2015, por un monto de RD$86,095.43 millones,
2.65%
del PIB, sin incluir nuevos aumentos de policías, militares, personal
docente y de
salud pública; mientras que la cantidad ejecutada fue de RD$124,533.52
millones,
el 3.74% del PIB, para un incremento de 1.41% del PIB.
4.3 RECOMENDACIONES (Página 436-437)
4.3.1 Ministerio de Hacienda
En su calidad de Órgano Rector del Sistema Presupuestario Público y de
la Administración Financiera del Estado, del que dependen los demás entes que
integran dicho Sistema, el Ministerio de Hacienda debe tomar las medidas
pertinentes a fin de que sean superadas las inconsistencias en las cifras
mostradas por los órganos rectores.
4.3.2 Ministerio de Planificación, Economía y Desarrollo
Por intermedio del Centro de Fomento y Promoción de las Asociaciones
Sin Fines de
Lucro, este Ministerio, debe encaminar acciones para garantizar que la
totalidad de las
entidades con asignación en el Presupuesto General del Estado, cumplan
con la obligación de rendir cuentas a los órganos de control, como también con
el mandato de la Ley 122-05 para recibir fondos públicos. De igual manera, debe
encaminar esfuerzos para que cada Asociaciones Sin Fines de Lucro-ASFL- con
asignación presupuestaria del Estado demuestre su existencia y funcionamiento
regular.
Corresponde a este Ministerio, exigir a las municipalidades cumplir
con el mandato de
las leyes 170-07 y 176-07, en cuanto a la realización de Planes
Estratégicos de Desarrollo
Institucional que permitan establecer planes operativos y presupuestos
anuales vinculados al Plan Plurianual de Inversión del Sector Público y a la
Estrategia Nacional de Desarrollo, como dispone la Ley 176-07 y la propia Ley
1-12.
4.3.3 Dirección General de Presupuesto
La Dirección General de Presupuesto debe exigir a las municipalidades
que los informes de ejecución presupuestaria mensuales, trimestrales y de obras
que están llamados a realizar, estén estrictamente apegados a los formularios
aprobados para tales fines y que los presupuestos recibidos estén validados por
el acta correspondiente del Consejo de Regidores, si se trata de un
ayuntamiento o de los vocales si es un distrito municipal.
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