lunes, 25 de septiembre de 2017

ANALISIS CRÍTICO POR UN CPA DE LA AUDITORIA DE CAMARA DE CUENTAS 2016


No entiendo el término de auditoria con el que se define el reporte que hace la Cámara de Cuentas para emitir una opinión sobre la ejecución presupuestaria, pues lo menos que parece ese informe es una auditoria según las Normas Internacionales de Información Financiera que ellos citan en su dictamen, la Cámara de Cuentas tiene más de 5 años emitiendo informe CON SALVEDADES, exceptuando el 2012 que primero emitieron un informe ABVERSO, y luego lo cambiaron a CON SALVEDADES, el punto es que a pesar de las múltiples diferencias e inconsistencias que encuentran, nunca ha hecho un trabajo adicional, como mandan las normas para medir el efecto esas diferencias e inconsistencias producen en la ejecución presupuestaria, ni han sometido a la justicia a los funcionarios violadores de las leyes de ejecución presupuestaria, tampoco el Congreso ha ejercido su función de fiscalización.

El gobierno y sus bocinas se enorgullecen de que los gobiernos del PLD han creado mayoría de las leyes de modernización del estado y para el castigo de la corrupción sin embargo esas leyes han sido letra muerta en su aplicación, con el consecuente deterioro de las finanzas públicas de la RepDom.

A continuación detallamos los hallazgos más importantes, desde nuestro punto de vista:

4. Como se explica en la Nota 5.1.2 y 5.1.3, al Estado adjunto al 31 de diciembre del 2016, comprobamos inconsistencia en la presentación de las informaciones relacionadas con los gastos referentes a las Remuneraciones y Contribuciones, por un monto de RD$508,476,952, y RD$2,038,824,027, correspondientes a remuneraciones registradas en construcciones por administración y sueldos en las transferencias pertenecientes a unidades ejecutoras del Gobierno Central, respectivamente.

5. Como se explica en la Nota 7.1, al Estado adjunto al 31 de diciembre de 2016,
verificamos que el monto ejecutado de RD$50,975,674,363, por inversión real
directa, el detalle que posee la entidad en el Sistema de Administración de Bienes
(SIAB), no coincide con lo presentado en la ejecución presupuestaria registrada en el
SIGEF.

Asuntos que se enfatizan (Página  315)

7. Además de los asuntos mencionados en los párrafos precedentes, informamos que:
7.1 Sin que afecte nuestra opinión, llamamos la atención en la Nota 4.1 a), al
Estado de Ejecución Presupuestaria adjunto, en cuanto a los Ingresos de la
Dirección General de Aduanas (DGA), que no han sido ingresados al circuito
presupuestario por monto de RD$2,775,547,284.

7.2 Sin que afecte nuestra opinión, llamamos la atención en la Nota 4.1.6 a), del
análisis efectuado para confirmar los datos presentados en la CAIF, con las
informaciones recibidas de las instituciones receptoras, al 31 de diciembre
de 2016, se determinó la existencia de ingresos por actividades propias
por el monto de RD$1,184,191,469, que no está incluido en el circuito
presupuestario.

7.3 Sin que afecte nuestra opinión, llamamos la atención en la Nota 7.1.5.1, al
Estado de Ejecución Presupuestaria adjunto, al 31 de diciembre de 2016, que
presenta transferencias corrientes y de capital, realizadas por el Gobierno Central
a instituciones receptoras, ascendentes al monto de RD$193,741,097,241,
las cuales incluyen el monto de RD$8,842,364,784, sin que la Cuenta

4.1.6 Impuestos diversas (Página 325)
En el año terminado el 31 de diciembre de 2016, el Gobierno Central percibió por concepto
de impuestos diversos, un total de RD$1,207,785, según los detalles a continuación:




a)      Ingresos percibidos por actividades propias

Mediante análisis efectuado a los ingresos percibidos por actividades propias de
las entidades elegidas en la muestra, se determinó que la ejecución presupuestaria
que se audita, no contiene los valores percibidos por las instituciones receptoras
por este concepto, ascendentes al monto de RD$1,184,191,469, los cuales no
ingresaron al circuito presupuestario.

ANEXO 2 (Pagina 342)

Ingresos percibidos por actividades propias no ingresados al circuito presupuestario






Según se muestra en el Anexo 2.

Al respecto, las Normas de Contabilidad Aplicables al Sector Público, emitidas por la
Dirección General de Contabilidad Gubernamental (DIGECOG), en las Normas
Fundamentales de Contabilidad establece el Reconocimiento de las Transacciones, la Ley 567-05 de Tesorería Nacional, en sus Artículos 8 y 11, numeral 5, así como la Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público, 423-06, Artículo 24.

5.1.3 Sueldo en las transferencias a otras instituciones públicas, (Pagina 329-331)

En adición, el Gobierno Central ejecutó por concepto de remuneraciones, el monto de
RD$2,038,824,027, registrado en el rubro Sueldos en las transferencias a otras instituciones públicas, lo que demuestra que el monto presentado en la CAIF, por Remuneraciones y contribuciones, no abarca el total ejecutado, según se detalla a continuación:

Para un total de ejecución por concepto de Remuneraciones y contribuciones, por el
Monto de RD$153,460,575,397.

a) El año terminado el 31 de diciembre de 2016, el Gobierno Central ejecutó
por Remuneraciones y contribuciones a empleados un total de RD$150,913,274,418, de los cuales pudimos comprobar la cantidad de empleados fijos y temporeros, salario mensual de los empleados fijos y temporeros, distribución por empleados de los beneficios obtenidos por sobresueldo, dietas y gastos de representación, gratificaciones y bonificaciones, así como detalles tanto de las remuneraciones al personal con carácter transitorio y como de las contribuciones a la seguridad social, según el siguiente cuadro:

En adición, para los montos ejecutados en remuneraciones por sueldos en las transferencias equivalente al monto de RD$2,038,824,027, y por remuneraciones aplicadas a construcciones por administración por el monto de RD$508,476,952, no se comprobó la cantidad de empleados fijos y temporeros, salario mensual de los empleados fijos y temporeros, distribución  por empleados de los beneficios obtenidos por sobresueldo, dietas y gastos de representación, gratificaciones y bonificaciones, así como detalles tanto de las remuneraciones al personal con carácter transitorio y como de las contribuciones a la seguridad social.

A continuacion detallamos:



La Dirección General de Contabilidad Gubernamental (DIGECOG) no posee en su base
de datos dichas informaciones. Además, comprobamos a través de procedimientos alternos utilizados, que es imposible comparar las informaciones obtenidas ya que no hay uniformidad en lsu presentación.

b) El Ministerio de Administración Pública (MAP), órgano rector del empleo público, que tiene como parte de sus atribuciones el establecer y mantener actualizado un registro central de personal, mediante un sistema de información automatizado, suministró de la base de datos contenida en el Sistema de Administración de Servidores Públicos (SASP), lo correspondiente a las instituciones que han implementado el referido sistema. Al comparar lo ejecutado en el SIGEF con las informaciones suministradas tanto por dicho Ministerio como por la Tesorería de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), comprobamos inconsistencia en las informaciones, con el agravante de que los registros
suministrados por el MAP no están presentados por objeto del gasto.

c) Otra comparación realizada para verificar la integridad de la información, fue lo
ejecutado en el SIGEF con las informaciones suministradas tanto por el MAP, la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), y las nóminas de las instituciones.

7.1 Inversión real directa (Página 336)

El año terminado el 31 de diciembre de 2016, el Gobierno Central ejecutó a través de las
Cuentas construcciones en procesos, activos fijos, objetos de valor y activos no producidos, presentados en el rubro Inversión Real Directa, un total de RD$50,975,674,363, monto no comprobado ya que el detalle que poseen las entidades en el Sistema de Administración de Bienes (SIAB), no coincide con lo presentado en la ejecución presupuestaria registrada en el SIGEF, debido a que las instituciones no cumplen con los registros de sus bienes de forma simultánea en ambos sistemas. En adición, existen instituciones con partidas incluidas en el SIGEF no reflejadas en el SIAB y viceversa. Situación comprobada mediante comparación de las informaciones suministradas por la DIGECOG y los registros realizados por las Instituciones al cierre en el SIAB, correspondiente a la ejecución del año 2016, según la muestra detallada en el Anexo 6.

7.1.5.1 Transferencias realizadas por el Gobierno Central (Página 338)

Las transferencias corrientes y de capital, realizadas por el Gobierno Central a instituciones receptoras, presentadas en la Cuenta Ahorro-Inversión-Financiamiento al 31 de diciembre de 2016, ascendieron al monto de RD$193,741,097,241, (Notas 5.4 y 7.1.5), que incluyen el valor de RD$8,842,364,784, del cual se desconoce el detalle de los beneficiarios finales de dichos recursos, como son: nombres, ubicación y montos individuales de cada uno, según muestra el Anexo 7.

7.1.5.2 Ausencia de evidencia de registros de las transferencias corrientes y de capital a las Asociaciones Sin Fines de Lucro

El monto de RD$3,369,251,288, corresponde a ejecución por concepto de transferencias
corrientes y de capital, de las Asociaciones Sin Fines de Lucro, del 1ro. de enero al 31 de
diciembre 2016, sin que se evidenciara que el Centro Nacional de Fomento a la Promoción de las Asociaciones Sin Fines de Lucro tenga control sobre la totalidad de los mismos.

En relación al monto ejecutado el Centro Nacional sólo reconoce el presupuesto formulado por valor de RD$1,598,694,360, para una diferencia neta de RD$1,846,251,847, recursos que fueron asignados sin contar con el registro del mencionado Centro Nacional, lo que constituye un requisito indispensable para tales fines. En adición, el SIGEF no presenta detalles de los beneficiarios del monto ejecutado.

La Ley 122-05 de fecha 8 de abril de 2005, sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones Sin Fines de Lucro en la República Dominicana, enuncia los requisitos para la asignación de recursos. Así como su Reglamento 40-08, de fecha 16 de enero de 2008, de aplicación a la referida Ley.


8.1 Fuentes financieras (Página 339)

La ejecución excede más de RD$10,000 millones y la CC no da explicaciones, parece como normal

A través de las cuentas disminución de activos financieros, incremento de pasivos y otras fuentes financieras, durante el año 2016, se ejecutó el monto de RD$183,579,932,471, según consta en el Estado de Ejecución Presupuestaria del Gobierno Central, compuesto por las siguientes partidas:





Informe sobre el Estado de Deuda Pública
Base para la Opinión con Salvedad (Página 390)

4. Como se explica en la Nota 3.1.1.3 a los Estados Financieros adjuntos, de acuerdo
con las normas legales vigentes, Crédito Público debería registrar como Deuda
Pública el déficit del Banco Central, que al 31 de diciembre de 2016 ascendía a
RD$352,800,450,199, lo que implica una subvaluación de los pasivos financieros.

6. Sin afectar la opinión llamamos la atención de los siguientes aspectos: (Página 391)

6.1 Sin calificar nuestra opinión, llamamos la atención a la nota 3.1.1.2 de este informe
donde se indica que el Ministerio de Hacienda mantiene una cuenta por cobrar al 31 de diciembre de 2016 por USD$10,317,000, y RD$126,250,000, correspondiente a avales ejecutados de la Ley 174-07, sin estar reveladas en el Estado de Recaudación e Inversión de las Rentas. Asimismo, no revela del estatus de las deudas derivadas de la ejecución de los avales correspondientes a la Ley 15-08.

4.1 OBSERVACIONES (Página 430-432)

Estado de la gestión financiera consolidada del Sector Público no Financiero, con sus resultados operativos, económicos y financieros. Su cumplimiento es competencia de la DIGEPRES. Hasta el momento este Órgano Rector no ha definido una metodología que permita realizar el cotejo de las transferencias interinstitucionales y la consolidación de la cuenta económica de ingresos y gastos de todos los del Sector Público.

En atención a lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley 260-15, para cumplir los compromisos con el Banco Central, se asignó la suma de RD$22,750.5 millones,
equivalentes al 0.7% del PIB. Según el Banco Central de la República solo se registró intereses devengados por RD$5,263.2 millones.

El saldo de endeudamiento del Sector Público No Financiero –SPNF- mostrado
por la Dirección General de Crédito Público –DGCP- al cierre del ejercicio fiscal fue de RD$1,247,647.95 millones, mientras que el Estado de Recaudación e Inversión de las Rentas –ERIR- elaborado por la Dirección General de Contabilidad
Gubernamental –DIGECOG- presentó un monto de RD$1,246,157.26 millones,
lo que reflejó una diferencia de RD$1,490.69 millones.

En la Política Presupuestaria se contempló un gasto tributario para el ejercicio
fiscal 2016 de RD$212,378.9 millones, 6.5% del PIB y 43.58% de los ingresos
tributarios percibidos. Sin embargo, no se dispuso de información respecto al
monto ejecutado.

El artículo 22 de la Ley 260-15 contempló la incorporación de RD$9,336.4 millones
de los ministerios y sus dependencias a la Cuenta Única del Tesoro-CUT-.
A la fecha de cierre se incorporó la suma de RD$5,869.57 millones. Además, se
registraron gastos de las mismas instituciones por este concepto, ascendentes a
RD$3,920.25 millones.

En la política presupuestaria de gastos se contempló mantener la nómina pública
en los niveles del año 2015, por un monto de RD$86,095.43 millones, 2.65%
del PIB, sin incluir nuevos aumentos de policías, militares, personal docente y de
salud pública; mientras que la cantidad ejecutada fue de RD$124,533.52 millones,
el 3.74% del PIB, para un incremento de 1.41% del PIB.

4.3 RECOMENDACIONES (Página 436-437)

4.3.1 Ministerio de Hacienda

En su calidad de Órgano Rector del Sistema Presupuestario Público y de la Administración Financiera del Estado, del que dependen los demás entes que integran dicho Sistema, el Ministerio de Hacienda debe tomar las medidas pertinentes a fin de que sean superadas las inconsistencias en las cifras mostradas por los órganos rectores.

4.3.2 Ministerio de Planificación, Economía y Desarrollo

Por intermedio del Centro de Fomento y Promoción de las Asociaciones Sin Fines de
Lucro, este Ministerio, debe encaminar acciones para garantizar que la totalidad de las
entidades con asignación en el Presupuesto General del Estado, cumplan con la obligación de rendir cuentas a los órganos de control, como también con el mandato de la Ley 122-05 para recibir fondos públicos. De igual manera, debe encaminar esfuerzos para que cada Asociaciones Sin Fines de Lucro-ASFL- con asignación presupuestaria del Estado demuestre su existencia y funcionamiento regular.
Corresponde a este Ministerio, exigir a las municipalidades cumplir con el mandato de
las leyes 170-07 y 176-07, en cuanto a la realización de Planes Estratégicos de Desarrollo
Institucional que permitan establecer planes operativos y presupuestos anuales vinculados al Plan Plurianual de Inversión del Sector Público y a la Estrategia Nacional de Desarrollo, como dispone la Ley 176-07 y la propia Ley 1-12.

4.3.3 Dirección General de Presupuesto
La Dirección General de Presupuesto debe exigir a las municipalidades que los informes de ejecución presupuestaria mensuales, trimestrales y de obras que están llamados a realizar, estén estrictamente apegados a los formularios aprobados para tales fines y que los presupuestos recibidos estén validados por el acta correspondiente del Consejo de Regidores, si se trata de un ayuntamiento o de los vocales si es un distrito municipal.

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