sábado, 24 de enero de 2015

COMPROMISOS LEY 12-01 DE END NO CUMPLIDOS POR EL ESTADO A 3 ANOS DE PROMULGADA

COMPROMISOS LEY 12-01 DE END NO CUMPLIDOS POR EL ESTADO A 3 ANOS DE PROMULGADA

Esta ley 12-01 acaba de cumplir 3 años y aqui indicamos los compromisos no honrados por el estado dominicano, citamos fecha de promulgacion:



DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de enero del año dos mil doce (2012); años 168 de la Independencia y 149 de la Restauración. 


Es importante indicar que el 4% del PIB para la educacion estaba autorizado por ley a ser implementado en el año 2013, por lo que era una obligacion de los canditatos presidenciales para las elecciones el 2012, aceptar esta exigencia legal, que expresa lo siguiente:



Párrafo Transitorio: Con relación al Indicador 2.20, relacionado al “Gasto Público en educación como % del PIB, para el año 2013 deberá cumplirse con el 4% del Producto Interno Bruto (PIB), como inversión para la educación, con el objetivo de fortalecer el Pacto por la Educación que consagra el Artículo 34 de esta ley”.

Detallamos compromisos no honrados a la fecha:
2. Todas las instituciones del Gobierno Central, instituciones descentralizadas y autónomas y organismos municipales cumplirán con las normas de transparencia en las compras y contrataciones públicas, (incluyendo las relativas a la participación de las MIPYME), de acceso a la información pública y rendición de cuentas, en un plazo no mayor de tres (3) años.

3. Una nueva estructura organizativa del Estado dominicano, acorde al derecho administrativo moderno y con un calendario definido de implementación de dicha reforma, se definirá y aprobará en un plazo no mayor de tres (3) años

6. La normativa democrática del sistema político, especialmente en lo relativo a los sistemas de partidos y electoral, se aprobará y consolidará en un plazo no mayor de tres (3) años.

7. Todos los municipios del país contarán con planes de desarrollo municipal, elaborarán y ejecutarán sus presupuestos participativos, en un plazo no mayor de cinco (5) años.

9. El marco legal e institucional en materia migratoria se reordenará y modernizará, con el fin de fortalecer el sistema de gestión y control de los flujos migratorios, acorde a las mejores prácticas internacionales y al respeto de los derechos de la población inmigrante, en un plazo no mayor de dos (2) años.

10. Los procesos de reforma y adecuación de los códigos Civil y Penal se completaran, en un plazo no mayor a tres (3) años.



Artículo 30. Reformas Asociadas al Segundo Eje.- Las reformas asociadas al Segundo Eje Estratégico que deberá poner en ejecución el Sector Público, son las siguientes:

1. La revisión de la Ley 87-01, sobre el Sistema Dominicano de Seguridad Social, se realizará respetando los principios enunciados en la misma a fin de superar las deficiencias que se han evidenciado a lo largo de su aplicación y poder completar el proceso de universalización de la seguridad social en un plazo no mayor de dos (2) años.

2. El proceso de reforma del sector salud se completará, conforme a lo establecido en la Ley General de Salud, en un plazo no mayor de dos (2) años.

3. El proceso de reforma de las instituciones de asistencia social, con el objetivo de lograr la integración coordinada de los distintos niveles de gobierno e instituciones en el diseño y ejecución de las políticas de protección social, se completará en un plazo no mayor de tres (3) años.

Artículo 31. Reformas Asociadas al Tercer Eje.- Las reformas asociadas al Tercer Eje Estratégico que deberá poner en ejecución el Sector Público, son las siguientes:
1. Un nuevo régimen de incentivo y fomento a las actividades productivas que contribuya a fortalecer los eslabonamientos intersectoriales y el desarrollo territorial, fomentar la innovación y la competitividad sistémica, generar empleo decente y atraer inversión hacia actividades que aporten un mayor escalamiento en la cadena de valor, entrará en vigencia en un plazo no mayor de tres (3) años.

2. Se decidirá sobre la conveniencia de modificar el sistema de cesantía, paralelamente a la creación de un seguro de desempleo mediante el diálogo de los sectores estatal, laboral y empresarial y respetando los derechos adquiridos de los trabajadores, en un plazo no mayor de dos (2) años. En adición, se procederá a adecuar la legislación laboral, a fin de modificar las disposiciones que distorsionan los procedimientos judiciales y deterioran las buenas relaciones del sector laboral

Artículo 32. Reformas Asociadas al Cuarto Eje.- Las reformas asociadas al Cuarto Eje Estratégico que deberá poner en ejecución el Sector Público, son las siguientes:

3. La regulación de ahorro y eficiencia energética, como forma de contribuir a la mitigación de las causas del cambio climático, se aprobará y aplicará, en un plazo no mayor de dos (2) años.


4. Un Plan de Ordenamiento Territorial que permita gestionar las políticas públicas en el territorio, regular el uso del suelo, incentivar el aprovechamiento sostenible de los recursos y facilitar la gestión integral de riesgos a nivel nacional y local, se diseñará, aprobará y aplicará, en un plazo no mayor de tres (3) años.

5. El marco jurídico que determine las regiones únicas de planificación, se diseñará, aprobará y aplicará, en un plazo no mayor de dos (2) años.

6. La normativa relativa al pago por los servicios ambientales de los ecosistemas y la biodiversidad y el uso de instrumentos económicos en la gestión ambiental se aprobará y aplicará, en un plazo no mayor de tres (3) años.

Pactos Nacionales en apoyo a la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030 
Artículo 33. Consejo Económico y Social.- El Consejo Económico y Social deberá convertirse en el espacio para la discusión y concreción de pactos entre las distintas fuerzas económicas y sociales que permitan la adopción de políticas que por su naturaleza requieren un compromiso de Estado y el concurso solidario de toda la Nación.  

Artículo 34. Reforma Educativa.- Se consigna la necesidad de que las fuerzas políticas, económicas y sociales arriben, en un plazo no mayor a un (1) año, a un pacto que impulse las reformas necesarias para elevar la calidad, cobertura y eficacia del sistema educativo en todos sus niveles, y preparar a la población dominicana para actuar en la sociedad del conocimiento. Dicho pacto explicitará un conjunto de acciones, sostenibles en el largo plazo, dirigidas a dignificar la profesión docente, dotar al sistema educativo de la infraestructura y los recursos necesarios, así como de un sistema apropiado de evaluación de la calidad educativa y de sus resultados. Igualmente, explicitará los compromisos asumidos por el Estado, la comunidad educativa y demás instancias de la sociedad civil con capacidad para incidir en la mejoría del sistema educativo.

Artículo 35. Reforma Eléctrica.- Se consigna la necesidad de que, en un plazo no mayor de 1 (un) año, las fuerzas políticas, económicas y sociales arriben a un pacto para solucionar la crisis estructural del sector eléctrico, asegurando la necesaria previsibilidad en el marco regulatorio e institucional que posibilite la inversión necesaria en la energía que demanda el desarrollo nacional.

Artículo 36. Reforma Fiscal.- Se consigna la necesidad de que las fuerzas políticas, económicas y sociales arriben a un pacto fiscal orientado a financiar el desarrollo sostenible y garantizar, la sostenibilidad fiscal a largo plazo, mediante el apoyo sostenido a un proceso de reestructuración fiscal integral y el marco de una ley de responsabilidad fiscal que establezca normas y penalidades para garantizar su cumplimiento.  

Párrafo: El pacto fiscal implicará que en un plazo no mayor de 3 (tres) años, se habrá iniciado un proceso orientado a: i) reducir la evasión fiscal, ii) elevar la calidad, eficiencia y transparencia del gasto público, iii) elevar la eficiencia, transparencia y equidad de la estructura tributaria, iv) consolidar en el Código Tributario los regímenes de incentivos, v) racionalizar los esquemas tarifarios en la provisión de servicios públicos, vi) elevar la presión tributaria, para viabilizar el logro de los objetivos de desarrollo sostenible formulados en esta Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, vii) cumplir con los compromisos asumidos en los acuerdos comerciales que tienen implicaciones fiscales, y viii) elevar el ahorro corriente e implementar políticas contracíclicas. 

TÍTULO II
MONITOREO Y EVALUACIÓN
Capítulo I
Del Sistema Nacional de Monitoreo
y Evaluación
Artículo 37. Sistema Nacional de Monitoreo y Evaluación.- Se crea el Sistema Nacional de Monitoreo y Evaluación, como parte integral del Sistema Nacional de Planificación e Inversión Pública, como medio para revisar de manera sistemática el cumplimiento de los objetivos y metas, la eficacia, eficiencia, calidad, impacto y sostenibilidad de las políticas, programas y proyectos en curso o planeados en los instrumentos del Sistema Nacional de Planificación e Inversión Pública, con la finalidad de fundamentar las decisiones sobre continuidad, ajuste, integración, expansión, reducción o suspensión parcial o definitiva.

Párrafo I: El Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo, en su calidad de órgano rector del Sistema Nacional de Planificación e Inversión Pública, en coordinación con las instituciones públicas y la sociedad civil, diseñará las normas, procedimientos y metodologías que se utilizarán en el proceso de monitoreo y evaluación de los impactos de las políticas, programas y proyectos incorporados en los instrumentos de planificación.
Párrafo II: Los sistemas de monitoreo y evaluación sectoriales, regionales e institucionales estarán integrados al Sistema Nacional de Monitoreo y Evaluación, conforme a las normas, procedimientos y metodologías emanadas del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo.

De la Frecuencia del Monitoreo y Evaluación
Artículo 41. Convocatoria a Revisión.- En el mes de abril de cada año, el Poder Ejecutivo convocará la reunión anual de seguimiento a la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, a efectos de analizar el avance en la ejecución de la misma, así como conocer las eventuales desviaciones de lo programado en el Plan Nacional Plurianual del Sector Público y emitir recomendaciones para la actualización de éste.

Párrafo: A más tardar el 5 (cinco) de abril de cada año, el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo enviará a los integrantes o representantes de las entidades convocadas, el Informe Anual de Avance en la Implementación de la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030 y el Cumplimiento de los Objetivos y Metas del Plan Nacional Plurianual del Sector Público. Dicho informe será preparado por el Ministerio de Economía Planificación y Desarrollo y servirá de insumo para el análisis y discusión del estado de avance en la ejecución de la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030. 

Artículo 42. Informe Mediano Plazo.- En el mes de julio del último año de cada período de gobierno se realizará la Reunión de Revisión de Mediano Plazo de la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030.

Artículo 51. Comisión Bicameral.- El Congreso Nacional establecerá una Comisión Bicameral de Planificación y Presupuesto, la cual será responsable de verificar y efectuar un seguimiento sistemático de la vinculación de los objetivos y metas contemplados en la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030 y en el Plan Nacional Plurianual del Sector Público con las asignaciones de recursos establecidas en el Proyecto de Presupuesto General del Estado, con el propósito de velar por la adecuada vinculación entre la planificación y la presupuestación plurianual y anual que realice el Poder Ejecutivo.
Párrafo: La Comisión Bicameral podrá invitar a ministros, viceministros, directores y demás funcionarios de la Administración Pública a ofrecer las informaciones pertinentes sobre lo dispuesto en el presente artículo, conforme a lo previsto en la Constitución de la República Dominicana


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PRESIDENTE MEDINA USTED JURO CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LA CONSTITUCION Y LAS LEYES
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TEMA PROHIBIDO PARA EL PRESIDENTE MEDINA
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INCONDICIONALIDAD DEL CONGRESO DOMINICANO 
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 MODIFICACION DEL CODIGO LABORAL DOMINICANO 
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ESTRATEGIA NACIONAL DE DESARROLLO 2030 Y SUS 3 P ACTOS O PARTOS
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