viernes, 24 de junio de 2016

PRESIDENTE MEDINA VIOLA LEY DE PRESUPUESTO Y CONGRESO NO FISCALIZA



  Todos los años desde que llego al poder el presidente Medina, viola la ley de presupuesto 423-06, como se demuestra más abajo, a pesar de que también anualmente la Cámara de Cuentas le da una Opinión Calificada con Salvedades, debido a esta consistente violación, que en su primer año de gestión completa en 2013 el Congreso le dio una dispensa por 180 días, para presentar el organigrama funcional de las instituciones del estado, lo cual incluye el detalle de los empleados que trabajan en la administración pública, que hasta el momento es el secreto mejor guardado, al punto que el Ministerio de Administración Publica (MAP), ni la Cámara de Cuentas saben cuantos empleados existen, esta dispensa se ha convertido en 3 años y contando, esta es la opinión de la Cámara de Cuentas: citamos



Ley No. 311-12 LEY DE PRESUPUESTO GENERAL  DE REPUBLICA DOMINICANA DEL 2013

Artículo 54.- Se dispensa al Poder Ejecutivo al cumplimiento de lo establecido en los párrafo II y III del Artículo 35 de la Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Publico sobre la presentación del Organigrama, la estructura y cantidad de cargos de cada capítulo. No obstante lo anterior el Poder Ejecutivo deberá presentar al Congreso Nacional, a título informativo, la mencionada información dentro de un plazo no mayor a ciento ochenta (180) días de promulgada la presente Ley.

Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público, No. 423-06 .

Artículo 35. El Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos estará compuesto por los siguientes títulos: 

Párrafo II: El Proyecto de Presupuesto del Gobierno Central se presentará a nivel de Capítulos y Partidas, incluyendo la cuenta ahorro, inversión y financiamiento, así como el organigrama y la estructura y cantidad de cargos de cada Capítulo. A título informativo se presentará el desglose de los programas comprendidos en cada Partida del respectivo Capítulo.

Párrafo III: El Proyecto de Presupuesto de cada una de las Instituciones Descentralizadas y Autónomas no Financieras e Instituciones Públicas de la Seguridad Social se presentará a nivel de Capítulos y Partidas, incluyendo la cuenta ahorro, inversión y financiamiento, así como el organigrama y la estructura y cantidad de cargos de cada Capítulo. A título informativo se presentará el desglose de los programas comprendidos en cada Partida del respectivo Capítulo.

Citamos opinion calificada Camara de Cuentas


Bases para la opinión con salvedad
4. Como se explica en la Nota 5.1.1 (1 (a), (b) y (d), al Estado adjunto al 31 de diciembre
del 2015, comprobamos inconsistencia en las informaciones relacionadas
con los gastos referentes a las Remuneraciones y contribuciones por un monto de
RD$153,709,438,847 y RD$1,617,523,384., respectivamente.

5. Como se explica en las Nota 7.1, al Estado adjunto al 31 de diciembre de 2015, verificamos
que el monto ejecutado de RD$60,819,151,697., por inversión real directa,
el detalle que posee la entidad en el Sistema de Administración de Bienes (SIAB), no
coincide con lo presentado en la ejecución presupuestaria registrada en el SIGEF.



INFORME DE LA CAMARA DE CUENTAS EJECUCION PRESUPUESTARIA 2015

a. El año terminado el 31 de diciembre de 2015, el Gobierno Central ejecutó por
Remuneraciones y contribuciones a empleados un total de RD$153,709,438,847., de
los cuales no pudimos comprobar la cantidad de empleados fijos y temporeros, salario
mensual de los empleados fijos y temporeros, distribución por empleados de los beneficios
obtenidos por: sobresueldo, dietas y gastos de representación, gratificaciones y
bonificaciones, así como detalles tanto de las remuneraciones al personal con carácter
transitorio y como de las contribuciones a la seguridad social, debido a que la Dirección
General de Contabilidad Gubernamental (DIGECOG) no posee en su base de datos
dichas informaciones, en adicción comprobamos a través de procedimientos alternos
realizados que no es posible comparar las informaciones obtenidas ya que no hay uniformidad
en la presentación de las mismas.

b. El Ministerio de Administración Pública, órgano rector del empleo público, como parte
de sus atribuciones está el establecer y mantener actualizado un registro central de personal,
mediante un sistema de información automatizado, suministró de la base de datos
contenida en el Sistema de Administración de Servidores Públicos (SASP), lo correspondiente
a las instituciones que han implementado el referido sistema, al comparar lo
ejecutado en el SIGEF con las informaciones suministradas tanto por dicho Ministerio
así como de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), comprobamos inconsistencia en
las informaciones. Con el agravante de que los registros suministrados por el MAP no
están presentados por objeto del gasto.

c. Otra comparación realizada para verificar la integridad de la información, fue lo ejecutado
en el SIGEF con las informaciones suministradas tanto por el MAP, la Tesorería de
la Seguridad Social (TSS), y las nóminas de las instituciones, comprobamos la misma
inconsistencia anteriormente señalada, según detalle a continuación:(fin de la cita)



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