Mediante la Vigésimo Primera Resolución de la Sesión Extraordinaria del 13 de junio de 2013, el Consejo de Directores aprobó la entrega al Estado Dominicano de la suma de RD$3,178,033 correspondiente a las utilidades retenidas de los beneficios obtenidos por el Banco durante los ejercicios fiscales de los años 2010, 2011 y 2012. Adicionalmente en esta misma resolución se aprobó el pago de dividendos al Estado Dominicano a través de la transferencia de un terreno de 1,400,000 metros cuadrados que formaba parte de los bienes adjudicados del Banco y cuyo valor de mercado era de RD$450,000,000
Mediante la Primera Resolución de la Sesión Ordinaria del 13 de enero de 2012, el Consejo de Directores aprobó la distribución de utilidades de 2011 por RD$2,481,180, de la siguiente manera:
i) RD$868,413 transferidos a reserva patrimonial.
ii) RD$75,000 para amortizar los vales del Tesoro Nacional.
iii) RD$6,000 para compensar intereses de los vales del Tesoro Nacional.
iv) RD$372,177 para compensación de deudas del Estado Dominicano, de los cuales al
31 de diciembre del 2011, se han utilizado RD$184,415.
v) RD$1,159,590 para ser entregados al Estado Dominicano
Adicionalmente, mediante la Vigésimo Segunda Resolución de la Sesión Ordinaria del 27 de diciembre de 2012, el Consejo de Directores aprobó la distribución de utilidades provenientes del 15% de las utilidades retenidas del año 2010 por un monto de RD$223,501, de los cuales se ha utilizado RD$220,492.
Mediante la Primera Resolución de la Sesión Ordinaria del 10 de enero de 2013, el Consejo de Directores aprobó la distribución de utilidades de 2012 por RD$2,221,574,254, de la siguiente manera:
i) RD$777,551 transferidos a reserva patrimonial.
ii) RD$75,000 para amortizar los vales del Tesoro Nacional.
iii) RD$5,250 para compensar intereses de los vales del Tesoro Nacional.
iv) RD$333,236 para compensación de deudas del Estado Dominicano.
v) RD$1,030,537 para ser entregados al Estado Dominicano.
Articulos relacionados:
QUE DESTINO SE LE HA DADO A LOS FONDOS PENSIONES ANTES LEY 87-01?
ASALTO LEGALIZADO RESOLUCION 356-13 DE LA SIPEN REPUBLICA DOMNICANA
CAPTALIZAR BANCO NACIONAL DE FOMENTO DE LA VIVIENDA Y PRODUCCION
CON LEY 160-13, CONGRESO DOMINICANO LEGALIZA ILEGALIDAD DEL PRESUPUESTO
No hay comentarios:
Publicar un comentario