sábado, 3 de agosto de 2013

PRESIDENTE Y CONGRESO JURAN CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LA CONSTITUCION Y LAS LEYES

                       CONSECUENCIA DE NO CUMPLIR EL JURAMENTO

Para solo citar un ejemplo la constitucion de la republica y la ley de presupuesto han sido violadas impunemente, por nuestras autoridades de han jurado CUMPLIR Y HACER, cumplir la constitucion y las leyes al momento de toma de posecion, Y NO PASA NADA, como decia el fallecido Psiquiatra Dr Maximo Beras Goico, "este es un pais de gente bruta", por eso es tan facil de controlar y gobernar y el partido gobernte la poderosa Corporacion PLD, fabrica de millonarios de de presidentes, dice con toda la prepotencia y arrogancia del mundo que gobernaran por 20 años mas y no hay porque dudarlos, al paso que van los acontecimientos en el ajedres politico nacional.

A continuacion un breve analisis de los articulos de la constitucion y la ley de presupuesto que han sido violados IMPUNEMENTE:

VIOLACION ARTICULOS DE LA CONSTITUCION


Artículo 114.- Rendición de cuentas del Presidente de la República. Es responsabilidad del Presidente de la República rendir cuentas anualmente, ante el Congreso Nacional, de la administración presupuestaria, financiera y de gestión ocurrida en el año anterior, según lo establece el artículo 128, numeral 2, literal f) de esta Constitución, acompañada de un mensaje explicativo de las proyecciones macroeconómicas y fiscales,
los resultados económicos, financieros y sociales esperados y las principales prioridades que el gobierno se propone ejecutar dentro de la Ley de Presupuesto General del Estado aprobada para el año en curso.

DONDE ESTA QUE NO LO VEO ESTE INFORME DE RENDICION DE CUENTAS


Artículo 93.- Atribuciones. El Congreso Nacional legisla y fiscaliza en representación del pueblo, le corresponden en consecuencia: (entre otros)


2) Atribuciones en materia de fiscalización y control:
a) Aprobar o rechazar el estado de recaudación e inversión de las rentas que debe presentarle el Poder Ejecutivo durante la primera legislatura ordinaria de cada año, tomando como base el informe de la Cámara de Cuentas;

DONDE ESTA QUE NO VEO LA ACCION DE CONTROL DEL CONGRESO NACIONAL




Artículo 240.- Publicación cuenta general. Anualmente, en el mes de abril, se publicará la cuenta general de los ingresos y egresos de la República hechos en el año.

VIOLACION  ARTICULOS DE LA LEY DE PRESUPUESTO


Artículo 35. El Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos estará compuesto por los siguientes títulos:

Párrafo I: Disposiciones Generales, las que incluirán el Consolidado de Ingresos, Gastos y Financiamiento del Gobierno Central, de cada una de las Instituciones Descentralizadas y Autónomas no Financieras y de las Instituciones Públicas de la Seguridad Social.

Párrafo II: El Proyecto de Presupuesto del Gobierno Central se presentará a nivel de Capítulos y Partidas, incluyendo la cuenta ahorro, inversión y financiamiento, así como el organigrama y la estructura y cantidad de cargos de cada Capítulo. A título informativo se presentará el desglose de los programas comprendidos en cada Partida del respectivo Capítulo.

Párrafo III: El Proyecto de Presupuesto de cada una de las Instituciones Descentralizadas y Autónomas no Financieras e Instituciones Públicas de la Seguridad Social se presentará a nivel de Capítulos y Partidas, incluyendo la cuenta ahorro, inversión y financiamiento, así como el organigrama y la estructura y cantidad de cargos de cada Capítulo. A título informativo se presentará el desglose de los programas comprendidos en cada Partida del respectivo Capítulo.

Citams como se violo este articulo segun el informe de la Camara de Cuentas, en su informe de la auditoria de la ejecucion presupuestaria correspondiente al 2012 y que fuera remitido al congreso como manda la ley, pero el congreso no ha actuado como manda la ley.

ver informe completo: PDF]Informe sobre el año fiscal 2012, elaborado por la Cámara ... - Acen


Bases para la abstención de opinión

4. Como se explica en la Nota 5.1.1 (1 a y b), al 31 de diciembre de 2012, no pudimoscomprobar las informaciones relacionadas con los gastos referentes a las Remuneraciones a Empleados por un monto de RD$87,845,965,508. Consideramos que las referidas informaciones son

imprescindibles para permitirnos completar la revisión de dicho monto,por lo tanto, no estamos en condiciones de determinar posibles ajustes que podríanresultar de los referidos procesos de análisis y afectar el rubro antes mencionado.



Artículo 54. Los organismos comprendidos en este Título quedan obligados a llevar los registros de ejecución presupuestaria en la forma y con la metodología que establezca la Dirección General de Contabilidad Gubernamental. Como mínimo deberán registrar:


b) En materia de gastos corrientes y de capital: 
i) La apropiación, que significa el límite máximo de gastos aprobados para el ejercicio presupuestario;

Cita informe de la Camara de Cuentas, informe del 2012, arriba indiado.


5. Como se explica en las Notas 7.1 y 7.2, al 31 de diciembre de 2012, no pudimos comprobar la veracidad correspondiente a los rubros de los bienes muebles e inmuebles incluidos en la ejecución presupuestaria en los Gastos de Capital, correspondientes a la Inversión Real Directa y las Transferencias de Capital, por valor de RD$101,407,517,813 y RD$31,837,281,168, respectivamente. En consecuencia, no estamos en condiciones de evaluar la existencia de eventuales ajustes y el efecto que tendrían sobre el Estado de Ejecución Presupuestaria adjunto.



Abstención de Opinión
6. Debido a la importancia de los asuntos descritos en los párrafos 4 y 5 anteriores, no hemos logrado obtener evidencia suficiente y apropiada para permitirnos expresar una opinión de auditoría. Consecuentemente, no expresamos ninguna opinión sobre el Estado de Ejecución Presupuestaria adjunto.

Asuntos que se enfatizan
7. Además de los asuntos mencionados en los párrafos precedentes, informamos que:

7.1 Como se explica en la Nota 4.1 (a y b) al Estado de Ejecución Presupuestaria adjunto, existen Ingresos Tributarios que no han sido ingresados al circuito presupuestario por montos de RD$748,629,151 y RD$561,554,365. Esto origina una subvaloración de los ingresos por el monto antes mencionado.


7.2 Como se explica en las Notas 4.2 y 5, del análisis efectuado para confirmar los datos presentados en la CAIF, con las informaciones recibidas de las unidades ejecutoras del Gobierno Central al 31 de diciembre de 2012, se determinó la existencia de montos de ingresos y egresos extrapresupuestarios que no fueron incluidos en dicho estado. El valor de los Ingresos no Tributarios no registrados, ascndió a RD$28,484,998,633 y el valor de los egresos ejecutados a RD$23,136,682,145.


7.3 Como se explica en la Nota 5.1.1 (2), del análisis efectuado para confirmar los datos

presentados en la CAIF, con las informaciones correspondientes al rubro de las Contribuciones de la Seguridad Social, por un monto de RD$7,826,390,284, al 31 de diciembre de 2012, se determinó subvaluación en dicho monto.

7.4 Como se explica en la Nota 8.1.4, en la CAIF, el rubro correspondiente a otras fuentes
financieras, no revela en su totalidad el detalle ejecutado, de RD$36,380,594,830



OPINION INFORME DE AUDITORIA DEL 2011

Descargar Informe al Congreso

Bases para la abstención de opinión

4. Como se explica en la Nota 4.1 (a) al estado adjunto, no pudimos obtener la respuesta a

nuestro pedido de confirmación de los valores incluidos en el rubro Ingresos Tributarios que según el Estado de Ejecución Presupuestaria ascienden a RD$206,157,094,833. En consecuencia, no estamos en condiciones de evaluar la existencia de eventuales ajustes y elefecto que tendrían sobre el Estado de Ejecución Presupuestaria adjunto.

5. Como se explica en las Notas 7.1, 7.2, y 5.1.1, al 31 de diciembre de 2011, la entidad no

ha proporcionado la información necesaria para poder terminar nuestro análisis relacionado
con: i) los bienes muebles e inmuebles incluidos en la ejecución presupuestaria en el rubro Gasto de Capital por un valor de RD$68,148,471,519, clasificado en: Inversión Real Directa y Transferencia de Capital al Sector Público por valor de RD$47,753,294,485 y RD$20,092,079,514, respectivamente, y ii) los gastos por Remuneraciones a Empleados por un valor de RD$79,113,708,853. Consideramos que las referidas informaciones son imprescindibles para permitirnos completar nuestra revisión de dichos montos, por lo tanto, no estamos en condiciones de determinar el monto de posibles ajustes que podrían resultar de los referidos procesos de análisis y afectar a los rubros antes mencionados.

Abstención de Opinión

6. Debido a la significación de los asuntos descritos en los párrafos 4 y 5, anteriores, no hemos

logrado obtener evidencia suficiente y apropiada para permitirnos expresar una opinión de
auditoría. Consecuentemente, no expresamos una opinión sobre el Estado de Ejecución
Presupuestaria adjunto.







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