SEñUELO MEDIATICO PARA DESVIAR ATENCION SENTENCIA 168-13
El Director de comunicación haciendo el marketing político del gobierno, es un genio excelente, con la sentencia de TC, ha desplazado de los medios de comunicación otros temas muchos más importantes como: Loma Miranda, Barrick Gold, presupuesto nacional, apagones, reclamos de alzas de salarios, seguridad ciudadana, luego vienen las campanas pre-electoral y luego la electoral, en el 2016, de nuevo tendremos como gobierno a la Corporación PLD, sin oposición, no cabe dudas son unos genios de la información o desinformación, por eso los tendremos 20 años más, y después hablamos.
No soy abogado, pero como observador de los resultados de la sentencia y de lo que desde hace tiempo venía haciendo la JCE, en mi humilde opinión veo que la sentencia resuelve un grave problema de cara al futuro, estableciendo claramente quienes debe tener nuestra nacionalidad, excelente muy bien felicidades, pero que hacer con los problemas creados desde 1929 a la fecha, los que tenían nacionalidad dominicana con las condiciones legales existentes y ahora se le desconoce , hay que admitir que los que la obtuvieron, fue con el aval del estado, se debe mantener, por la continuidad del estado, guardando la distancia, que pasaría si Estados Unidos, nuestro principal país que acoge a nuestros inmigrante, aplica la misma sentencia de nuestro TC, le dejo la pregunta de tarea.
La sentencia establece que 668,145 ciudadanos están
en la misma condiciones de Juliana Dequis, que habían sido despojado de su
nacionalidad por la JCE, sin embargo la junta solo le ha devuelto la
documentación a 55,000 personas, la pregunta del millón que pasa con las
667,145 personas adicionales? Son haitianas o dominicanos? Donde están? Ese es
el verdadero conflicto que la prensa no ha destacado.
Ningún
medio de comunicación ha informado la realidad de los hechos, imagínese que a
Roberto Rosario o a cualquiera de nosotros, se le despoje de la cedula y que le
diga que lo van a naturalizar, verdad que no le va a gustar, pues eso fue lo
que hizo la Junta Central Electoral con los 668,000 dominicanos como Juliana
Dequis, a quien se le retorno su documentación, conjuntamente con otros 55,000
dominicanos.
Una
cosa es que te despojen de tu nacionalidad y otra muy diferente es que el
estado asuma su soberanía en la frontera, donde aparentemente hay un letrero
que dice: WELCOME, ENTREN TO’, el estado dominicano ha sido irresponsable en la
defensa de la frontera donde diariamente entrar miles de haitianos que van
aumentando el problema centenario de la migración haitiana.
Citamos la pagina 23-147 de la sentencia
168-13. (Ver sentencia en este link)
http://tribunalconstitucional.gob.do/sites/default/files/documentos/Sentencia%20TC%200168-13%20-%20C.pdf
http://tribunalconstitucional.gob.do/sites/default/files/documentos/Sentencia%20TC%200168-13%20-%20C.pdf
§1.1.3. La
suma de los inmigrantes y sus descendientes constituye la población de origen
de extranjero, y su magnitud, de acuerdo a dicha encuesta, se sitúa en
setecientas sesenta y ocho mil setecientas ochenta y tres (768,783) personas,
lo cual representa el 7.9% de la población total del país. Los extranjeros
originarios de otros países diferentes a Haití ascienden a cien mil seiscientas
treinta y ocho (100,638) personas, mientras que los de origen haitiano suman
seiscientos sesenta y ocho mil ciento cuarenta y cinco (668,1453). La
recurrente Juliana Dequis (o Deguis) Pierre es solo una de esas seiscientas
sesenta y ocho mil ciento cuarenta y cinco (668,145) personas, por lo
que el problema que ahora nos ocupa no solo le atañe a ella, sino también a
otra gran cantidad de inmigrantes haitianos y sus descendientes, los cuales
constituyen el 6.87% de la población que habita en el territorio nacional. De
acuerdo con informaciones publicadas en la prensa dominicana, la Dirección
General de Migración de la República Dominicana solo tiene legalmente
registrados la cantidad de once mil (11,000) inmigrantes haitianos, lo cual
representa un ínfimo 0.16% del total4.
Ver articulos relacionados:
MANEJO MEDIATICO MERCADOLOGICO DE LA SENTENCIA 168-1
http://ramonf2004.blogspot.com/2013/12/manejo-mediatico-mercadologico-de-la.html
EL TODOPODEROSO LIDER DE LA CORPORACION PLD DOMINICANA
https://www.blogger.com/blogger.g?blogID=1145172803188006809#editor/target=post;postID=1363812358103805804;onPublishedMenu=posts;onClosedMenu=posts;postNum=1;src=postname
SENTENCIA 168-13 Y SU EFECTO EN LA LEY 87-01 DE SEGURIDAD SOCIAL
http://ramonf2004.blogspot.com/2013/11/sentencia-168-13-y-su-efecto-en-la-ley.html
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