martes, 7 de enero de 2014

IRREGULARIDADES DETECTADAS POR LA CAMARA DE CUENTAS EN LA REFINERIA DOMINICANA DE PETROLEO


Resumen Ejecutivo de la Auditoría Especial practicada a las Importaciones de Hidrocarburos efectuadas por la Refinería Dominicana de Petróleo, S. A.

 El siguiente informe fue publicado por el pleno de la Camara de Cuentas el 8 de mayo del 2008 y un mes despues estaban sentados en el banquillos de los acuados del "honorable" senado de la Republica Dominicana, haciendole un jucio politico, que destituyo a los nueves miembros del pleno, para formar una Camara de Cuentas que represente los intereses del todopoderoso lider de la Corporacion Morada.
Mientras los miembros de la Camara de Cuenta fueron destituidos, los reponsables del este fraude permanecen en sus funciones, aunque fue enviado al Ministerio Publico, nunca se profundizaron las investigaciones y se establecieron responsabilidades.

Dictamen (Opinión)
Hemos efectuado una auditoría sobre la base procedimientos especiales, los cuales fueron ejecutados para realizar una Investigación Especial a las Importaciones de Hidrocarburos efectuadas por la Refinería Dominicana de Petróleo, S.A. (Refidomsa) desde el 1ro. de enero de 2004 hasta el 31 de mayo de 2007, las cuales ascendieron a US$5,239,530,896 de las que US$4,594,256,108 corresponden a compras por contrato a término y US$645,274,788 a compras ocasionales o spot. Dichas transacciones representan el 87% y 12% respectivamente,del total de las compras efectuadas.

Este trabajo se llevó a cabo sobre la base de las Normas establecidas por la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, Normas Internacionales de Auditoría y Servicios Profesionales Relacionados, aplicables a trabajos de procedimientos especiales. La suficiencia de dichos procedimientos, es exclusivamente responsabilidad de la gerencia de la Refinería Dominicana de Petróleo, S.A. (Refidomsa).

Hemos procedido a realizar las comprobaciones adicionales correspondientes, las cuales son consistentes con las informaciones y explicaciones recibidas.
Adicionalmente, las comprobaciones y revelaciones identificadas por nosotros, se limitan a las informaciones y explicaciones recibidas y señaladas en este informe.

Principales Conclusiones:

1. La empresa incumple, y en algunos casos viola procedimientos estipulados en el Decreto Nro. 307-01, de la Ley de Hidrocarburos.

2. Observamos que dentro de las compras “spot” de hidrocarburos, se encuentra un volumen muy elevado de compras a entes relacionados como por ejemplo a la Shell Western Supply & Trading.

3. El flete de la importación “spot” de 39,555 barriles de fuel oil Nro. 6, recibidos en fecha 23 de noviembre de 2006, fue reportado a la Secretaría de Estado de Industria y Comercio (SEIC) para determinar precio de paridad, influyendo en el precio final al consumidor, aun cuando el destino final de ese producto fue una empresa generadora deelectricidad.

4. El flete de la importación “spot” de 38,931 barriles de fuel oil Nro. 6, recibidos en fecha 16 de marzo de 2006, no fue reportado a la a la Secretaría de Estado de Industria y Comercio (SEIC), y no produjo efecto en los precios a los demás consumidores, debido a que el destino final de ese producto fue una empresa generadora de electricidad.

5. El flete de la importación “spot” de 69,823 barriles de fuel oil Nro. 6, recibidos en fecha 15 de mayo de 2004, fue sobrevaluado en US$76,107.62 en el reporte emitido a la Secretaría de Estado de Industria y Comercio (SEIC), produciendo una ganancia para Refidomsa y pérdida para los consumidores en RD$13,385,400.07.

6. El flete de la importación “spot” de 51,516 barriles de fuel oil Nro. 6, recibidos en fecha 24 de agosto de 2005, fue sobrevaluado en US$11,338.77 en el reporte emitido a la Secretaría de Estado de Industria y Comercio (SEIC), produciendo una ganancia para Refidomsa y pérdida para los consumidores en RD$3,416,619.63.

7. En el análisis efectuado a las compras de Hidrocarburos, identificamos once (11) importaciones “spot” de fuel oil durante los períodos 2004 y 2005, que presentan sobrevaluaciones de fletes en los reportes emitidos a la Secretaría de Estado de Industria y Comercio (SEIC), aunque no se pudo cuantificar el efecto de estas operaciones debido a que en las mismas no se reflejan los costos de flete, información que serviría de base
para efectuar las comparaciones correspondientes.

8. Para las compensaciones por diferencias cambiarias, establecidas mediante Resolución Nro. 131 de fecha 30 de diciembre de 2004, observamos que la entidad no revela en sus Estados Financieros la cuenta por cobrar al Estado Dominicano por la suma de RD$117,020,551.97, la cual al 31 de mayo de 2007, se encuentra pendiente de compensación por parte de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio.

9. Observamos debilidades de controles internos relacionados con el proceso de importaciones de hidrocarburos y servicios de fletes, ya que las funciones administrativas están muy centralizadas en el Gerente General y el Gerente de Suministros, situación que podría representar fallas en el sistema de información de los
procedimientos establecidos.

10. En los contratos de compra de hidrocarburos y servicios de flete, la entidad presenta condiciones de desventajas frente a los suplidores, ya que estos contienen cláusulas que favorecen al vendedor.

Este Informe fue remitido al Ministerio Público mediante las Resoluciones Nos. 06-2007 y 06-
2007-A, de fecha 13 de diciembre de 2007 y 28 de diciembre de2007, respectivamente,
dictadas por la Cámara de Cuentas de la República

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