PRIVATICEMOS LA FRONTERA DOMINICO-HAITIANA
Desde 1844 fecha de nuestra independencia de Haiti, de nuestra primera constitución hasta la sentencia 168-13, han existido leyes y reglamento tendientes a establecer mecanismos de control fronterizo, y el resultado ha sido una migracion haitiana cada dia mayor, debido principalmente a la permisividad de los gobiernos de turnos (todos) y a la complicidad de las autoridades civiles y militares de puesto en las frontera cuyo deber es aplicar la ley y los reglamentos y en vez de cumplir con su deber se han enriquesido con el contrabando de personas, bienes, drogas, armas de fuego, y todo lo que se pueda imaginar, lo que demuestra que esta sentencia 168-13 ni ninguna ley es suficiente si no hay una voluntad politica que haga cumplir la ley en el terrero de los hechos.
Por esta razon le hago un llamado a las autoridades, para PRIVATIZAR LA FRONTERA DOMINICO-HAITIANA, para ver si de una vez por todo detenemos este grave problema que amenaza la soberanía nacional.
Mi propuesta no implica quitar las autoridades de puesto en los diferentes puntos de chequeos de la frontera simplemente es agregar una autoridad privada que funciones como doble chequeo o que trabaje en combinacion con las autoridades civiles y militares de puesto, sin que ninguna tenga mayor jerarquía que la otra, pero si que trabajen en coordinación.
Las constituciones dominicanas afirmaron derecho a ciudadanía por nacer
en suelo dominicano, exceptuando hijos de diplomáticos y personas “en
tránsito”.
Esta frase no tiene dificultad: “en tránsito” significa personas
viajando hacia otro país; si una mujer da a luz, su hijo no asume la
nacionalidad. Un Reglamento de Migración (1939) precisó que “en
tránsito” no podía exceder diez días. Esta fue la manera como
regularmente se aplicó la ley.
El dislate se produce cuando la Suprema Corte de Justicia (1997) define a
los ilegales como personas “en tránsito”Luego Hipólito Mejía (Ley de Migración 285-04) y la SCJ (2005) confirman
la jurisprudencia. Esto, sin embargo, asume un uso contrario al idioma
españo, pues, se trata de una frase cliché utilizada en los aeropuertos
para personas que viajan a otro país. Aplicarla a gente nacida, criada
aquí, y sin planes de viajar, es un prejuicio desmesurado.
Afortunadamente la propia Constitución (2002, 2010) establece un límite:
“Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos,
suscritos y ratificados por el Estado dominicano, tienen jerarquía
constitucional y son de aplicación directa e inmediata por los
tribunales y demás órganos del Estado”. Por esta “jerarquía
constitucional” la Corte Interamericana de Derechos Humanos (caso Yean y
Bosico, 2005) nos condenó a pagar U$22,000.00, y además: “La RD debe
adoptar en su derecho interno, dentro de un plazo razonable, de acuerdo
con el artículo 2 de la Convención Americana, las medidas legislativas,
administrativas y de cualquier otra índole que sean necesarias para
regular el procedimiento y los requisitos conducentes a adquirir la
nacionalidad dominicana…”.
En línea con esto, la nueva Constitución dice: “Son dominicanas y
dominicanos: 1) Los hijos e hijas de padres o madres dominicanos; 2)
Quienes gocen de la nacionalidad dominicana antes de la entrada en
vigencia de esta Constitución; 3) Las personas nacidas en territorio
nacional, con excepción de los hijos e hijas de extranjeros miembros de
legaciones diplomáticas y consulares, de extranjeros que se hallen en
tránsito o residan ilegalmente en territorio dominicano”. Primera
precisión: son dominicanos quienes hayan obtenido la nacionalidad
dominicana hasta la entrada en vigencia de la nueva Constitución.
Segunda precisión: no son dominicanos los ‘hijos’ de “extranjeros que…
residan ilegalmente en territorio dominicano”. Tercera precisión: al
añadirse “extranjeros… que residan ilegalmente” se confirma que “en
tránsito” no los incluye.
El gran tollo es la sentencia 168/13 del Tribunal Constitucional
desnacionalizando a 200,000 hijos de extranjeros irregulares desde el
1929, en franco desacato a la Constitución y a la Corte Interamericana
de Derechos Humanos.
En un país donde el Congreso aprueba presupuestos violatorios a las
leyes vigentes, donde el Poder Ejecutivo asume poderes
inconstitucionales, donde los funcionarios hacen y deshacen, y donde la
gente vive “como chivos sin ley”, al Tribunal Constitucional se le
ocurre comenzar a ordenar el país desnacionalizando compatriotas… bajo
el pretexto de ser hijos de haitianos ilegales. Bien advirtió Jesús a
sus discípulos: “viene la hora cuando cualquiera que os mate, pensará
que rinde servicio a Dios”.
Este blog presenta un analisis critico de la transparencia que debe tener los gobiernos de turnos en Republica Dominicana, enfatizando manejo del presupuesto, datos del Banco Central, basado en la filosofia de Pitagoras de que los numeros no mienten. Si le gusto algunos de los articulos aqui publicados, por favor recomiendelos a sus amigos, si no le gusto o no esta de acuerdo tambien recomiendelo. Una golondrina no hace verano pero lo comienza, nuestro compromiso es con la verdad.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario